Notas |
- Acta de defunción. Nº 38, folio setetanta y cuatro, Registro municipal de Alloza (Teruel):
"En el pueblo de Alloza, a las nueve de la mañana del día diez y nueve de septiembre de mil novecientos cuatro, ante D. Antonio Oliete Sancho, Juez municipal y D. José Gazulla L...., Secretario, compareció D. Gregoria Magallón Pascual, natural de Alloza, mayor de edad; estado civil casada, dedicada a las faenas de su sexo, domiciliada en este pueblo, manifestando en calidad de interesada que D. Pascual Laguna Laorden, natural de Serón, provincia de Soria, edad 55 años, Capitán retirado del Ejército, y domiciliado en esta población falleció a las ocho de la noche del día de ayer, en su propio domicilio a consecuencia de tisis abdominal, según certificación facultativa que presenta para obtener la correspondiente licencia de enterramiento.
En vista de esta manifestación y de dicha certificación facultativa que queda archivada, el Sr. Juez municipal dispuso que se extendiese la presente acta, consignándose en ella, además de lo expuesto por el declarante y en virtud de las noticias que se han podido adquirir, las circunstancias siguientes:
- que el referido finado estaba casado en 2ªs nupcias en el acto de fallecimiento con Dª Ramona Galve, habiendo tenido este matrimonio siete hijos llamados Gloria, Pascual, Pilar, Luisa, Eulalia, Isabel y María, los cuáles viven todos en el día de la fecha; y de 1ªs nupcias estaba casado con Dª Juana de la Consolación González, teniendo en sucesión tres hijos llamados Manuel, Benito y Concepción, de los cuáles fallecieron estos dos últimos.
- que era hijo legítimo de D. Eusebio Laguna Calemga, natural de Seróin [SIC, error], ya difunto, y de Dª Isabel Laorden Martínez, natural de Serón, provincia de Soria.
- que según noticia no otorgó testamento.
- y que a su cadáver se le habrá de dar sepultura en el cementerio de esta población.
Fueron testigos presenciales D. Ignacio Loscos ................, vecino de Alloza, y D. Domingo García ......., de la misma vecindad.
Leída íntegramente esta acta e invitadas las personas que deben suscribirla a que la leyeran por si mismas, si así lo creían conveniente, se estampó en ella el sello del Juzgado municipal, y la firmaron el Sr. Juez, los testigos y el que suscribe a ruego de la declarante que dijo no saber. Y de todo ello, como Secretario certifico.
Firmas: Antonio Oliete - Ignacio Loscos - por la declarante, Fidel García - Domingo García - José Gazulla ............
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